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Solicitud de Condición de Colegiado No Ejerciente

Procedimiento para solicitar la condición de Colegiado No Ejerciente.

Los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas, en su artículo 9 "Colegiados no ejercientes", establecen lo siguiente:

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, el Colegio podrá, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, y a solicitud del interesado, atribuir la condición de colegiado no ejerciente a los enfermeros en situación de jubilación o incapacidad.

Los colegiados no ejercientes estarán exentos del pago de las cuotas económicas del Colegio, ostentando todos los derechos contemplados en estos Estatutos y en la legislación vigente.

En cualquier caso, los colegiados no ejercientes vendrán obligados a comunicar al colegio su reincorporación al ejercicio profesional en el ámbito de la provincia de Las Palmas en el plazo de diez días desde que éste se produzca, al efecto de su incorporación como colegiados no ejercientes.


Asimismo, según el artículo 22 "Requisitos para formar parte de la Junta de Gobierno",

No podrán formar parte de la Junta de Gobierno:

[…]

d) Los colegiados no ejercientes

 

Los colegiados que soliciten la condición de colegiado no ejerciente lo solicitarán por escrito a la Junta de Gobierno mediante el Formulario de Solicitud de Condición de Colegiado No Ejerciente por Jubilación o bien el Formulario de Solicitud de Condición de Colegiado No Ejerciente por Incapacidad, según el caso.

 

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