Última Actualización el 1 de diciembre de 2023

Convocatoria de ayuda económica para el desarrollo de ideas innovadoras

El Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas, con el apoyo del Consejo Canario de Colegios de Enfermería, quiere impulsar el desarrollo de ideas innovadoras que estén lideradas por enfermeras/os de la provincia de Las Palmas, para lo que publica esta convocatoria de ayudas económicas. Los proyectos serán valorados atendiendo a:

  1. Grado de innovación,
  2. Viabilidad, factibilidad,
  3. Aplicabilidad,
  4. Que sean escalables y
  5. Coste económico.

Las presentes bases establecen los criterios a los que deberán ajustarse las solicitudes.

CAPÍTULO PRIMERO: Disposiciones Generales 

Artículo I.- Ámbito de aplicación. 

El ámbito de aplicación de la presente convocatoria es el de las enfermeras y enfermeros incorporados al Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas. 

Artículo II.- Características de los solicitantes y requisitos generales. 

  • Ser colegiado, con el carácter de ejerciente.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones colegiales.
  • Pueden presentarse ideas promovidas por una o varias colegiadas/os. En caso de que sean más de una persona, el grupo  no deberá superar los 5 miembros y al menos 3 de ellos deberán ser colegiados/as de la provincia de Las Palmas, de los cuales uno deberá ser el/la promotor/a de la idea.

CAPÍTULO SEGUNDO: Características y Cuantía 

Artículo IV.- Criterios de baremación y cuantía máxima. 

La ayuda económica se encontrará supeditada a la puntuación resultante de la baremación de la memoria del proyecto presentado. Para poder optar a la ayuda, el solicitante deberá alcanzar un mínimo de 5 puntos en la baremación. La cuantía se ajustará a la puntuación obtenida según se detalla a continuación:

  • Para proyectos que obtengan entre 5-6 puntos dispondrán de hasta 2.000€ para el desarrollo de la idea.
  • Para proyectos con más de 6 puntos y hasta los 8 puntos podrán disponer de hasta 4.000€.
  • Si la baremación del proyecto supera los 8 puntos la cuantía disponible será de hasta 6.000€.

El importe total de la ayuda otorgada no podrá exceder, bajo ningún concepto, la cantidad presupuestada.

Solo se concederá una ayuda por proyecto y colegiado, aunque se podrán presentar varias solicitudes durante los doce meses posteriores al registro de la primera. Ante una posible situación donde un colegiado se encuentre entre los participantes de varios proyectos, y más de uno de estos proyectos obtenga una puntuación superior a 5 puntos y sean considerados aceptados, la Comisión Evaluadora seleccionará como financiable  aquel que esté mejor puntuado. 

La ayuda consistirá en una reserva de asignación que se recibirá de manera escalonada a medida que se vayan presentando las facturas que justifiquen la ejecución de las distintas fases del proyecto.

Artículo V.- Compatibilidad con otras ayudas. 

La ayuda es compatible con otras becas o subvenciones siempre que se acredite que se trata de una continuación del proyecto y que no será destinada a financiar los mismos conceptos que ya hayan podido ser objeto de ayuda o subvención. 

Artículo VI.- Líneas de desarrollo subvencionables.

Podrán beneficiarse de la ayuda económica aquellos proyectos que se desarrollen en 2024 y 2025 que estén relacionados con las siguientes áreas de desarrollo:

  1. Área 1. Innovación en tecnologías de la salud.
  2. Área 2. Salud medioambiental y sostenibilidad.
  3. Área 3. Evaluación de impacto en salud.
  4. Área 4. Capacitación sanitaria.
  5. Área 5. Servicios a la sociedad.

Artículo VII.- Destino de la ayuda. Conceptos subvencionables.

La ayuda contempla sufragar:

  • Gastos directamente relacionados con la realización del proyecto, de manera que el concepto deberá estar inequívocamente especificado en la factura.
  • Material inventariable indispensable para la realización del proyecto (equipos informáticos, programas de ordenador de carácter técnico y material bibliográfico, quedando expresamente excluidos los consumibles y el material de oficina).
  • Gastos derivados de la contratación de servicios de apoyo (análisis estadístico, traducción, diseño, estudios de mercado).
  • Gastos de viajes derivados de la realización del proyecto.
  • Gastos para la difusión de los resultados.

CAPÍTULO TERCERO: Información y Tramitación 

Artículo VIII.-Información. 

Estas bases se publicarán para general conocimiento de los colegiados en la página web del Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas y se les dará difusión en los diferentes canales de información y plataformas de comunicación del Colegio.

Artículo IX.-Presentación de las solicitudes y plazo. 

Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán a través del formulario habilitado en la página web. 

Las cuantías concedidas  serán ingresadas en la cuenta corriente donde se encuentre domiciliada la cuota colegial del solicitante, una vez comprobada la documentación justificativa.

Artículo X.- Documentación de obligada presentación.

  1. Solicitud rellena y firmada por el/la colegiado/a. Descarga el modelo de solicitud AQUÍ.
  2. Memoria anónima del proyecto, según modelo que incluirá título, resumen, justificación, objetivos, metodología, procedimiento, aspectos éticos, bibliografía así como la información adicional objeto de baremación. La memoria será presentada con un pseudónimo, sin datos identificativos de los solicitantes. La comisión evaluadora no dispondrá de los datos de los participantes. Descarga modelo AQUÍ.
  3. Declaración jurada. Descarga modelo AQUÍ.
  4. Justificante de titularidad bancaria.

Artículo XI.- Baremación y resolución. 

Para la baremación de las solicitudes se creará una Comisión Evaluadora, compuesta por tres miembros, enfermeros/as colegiados/as todos/as ellos/as. El fallo definitivo de la Comisión es irrevocable, no siendo en consecuencia dicha resolución recurrible.

Las solicitudes que no cumplan todos los criterios de obligado cumplimiento serán excluidas de la convocatoria. 

El hecho de solicitar una ayuda implica la aceptación de las presentes bases.

El fallo definitivo sobre cada solicitud será comunicado por correo electrónico a todos los solicitantes de forma individual, tanto si la ayuda le ha sido concedida como denegada.

CAPÍTULO CUARTO: Seguimiento y justificación 

Artículo XII.- Seguimiento y justificación.

El seguimiento de los proyectos subvencionados estará a cargo de la Comisión Evaluadora.

El solicitante presentará una memoria anual y final justificativa con el detalle de las actividades desarrolladas. Las  memorias serán valoradas por la Comisión Evaluadora, pudiendo ser necesario solicitar información adicional para el cumplimiento del seguimiento. 

Cualquier modificación o cambio en el desarrollo del proyecto (titularidad, finalización antes de tiempo, demora, etc.) deberá ser notificado a la Comisión Evaluadora.

CAPÍTULO QUINTO: Responsabilidad y derecho de autor 

Artículo XIII.- Responsabilidad.

Cada solicitante asume y declara tener total conocimiento y respetar las disposiciones legales y normativas profesionales aplicables en España. El Colegio de Enfermería de Las Palmas y/o el Consejo Canario de Colegios de Enfermería podrán emprender acciones legales en caso de que la responsabilidad del participante se viera comprometida por no respetarlas. 

El Colegio de Enfermería de Las Palmas y el Consejo Canario de Colegios de Enfermería no se hacen responsables de la puesta en marcha del proyecto. 

Artículo XIV.- Derechos de autor.

Cada participante exime tanto al Colegio de Enfermería de Las Palmas como al  Consejo Canario de Colegios de Enfermería de cualquier responsabilidad en caso de reclamación por parte de terceros en cuanto a los derechos de propiedad intelectual, sea cual sea su naturaleza. 

    Formulario de solicitud





    *NOTA: Adjunte un único archivo en formato PDF y máximo permitido 3MG

    *NOTA: Adjunte un único archivo en formato PDF y máximo permitido 3MG

    *NOTA: Adjunte un único archivo en formato PDF y máximo permitido 3MG

    *NOTA: Adjunte un único archivo en formato PDF y máximo permitido 3MG


    Publicación anual