Última Actualización el 4 de octubre de 2022

Convocatoria de ayudas económicas para guarderías ejercicio 2021

El objetivo de esta convocatoria es favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de las enfermeras y enfermeros adscritos al Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas, mediante la concesión de ayudas económicas para sufragar los gastos de guardería de niños y niñas de 0 a 3 años, hasta que cumplan los 4 años.

Las presentes bases establecen los criterios a los que deberán ajustarse las solicitudes.

CAPÍTULO PRIMERO: Disposiciones Generales 

Artículo I.Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación de la presente convocatoria es el de las enfermeras y enfermeros ejercientes incorporados al Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas.

Artículo II.-Características de las solicitantes y requisitos generales. 

  1. Ser colegiado ejerciente.
  2. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones colegiales.
  3. Tener a su cargo, como padres o tutores, uno o más menores.
  4. Presentar la solicitud y la documentación establecida.

Artículo III.Financiación. 

La cuantía de las ayudas económicas para gastos de guardería en el año 2021, reguladas en la presente convocatoria, provendrá de la partida que a tal efecto se consigne en los Presupuestos aprobados en la Junta General.

El importe de las ayudas concedidas estará supeditado a la cuantía presupuestada en el año que corresponda para tal finalidad, que en este caso asciende a 30.000€

CAPÍTULO SEGUNDO: Características y Cuantía 

Artículo IV.Ayudas. 

La ayuda consistirá en una suma de dinero que nunca deberá superar el 100% del coste anual de la guardería para los progenitores o tutores, y que resultará del reparto equitativo de la partida prevista para este concepto entre todas las solicitudes presentadas y admitidas.

En ningún caso el importe de la ayuda podrá exceder la cuota colegial anual del año 2021, que asciende a 234,24 €.

Solo se concederá una ayuda por menor, independientemente de si ambos progenitores son colegiados.

CAPÍTULO TERCERO: Información y Tramitación 

Artículo V.-Información

Estas bases se publicarán para general conocimiento de los colegiados en la página web del Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas y se les dará difusión en los diferentes canales de información y plataformas de comunicación del Colegio.

Artículo VI.-Presentación de las solicitudes y plazo. 

  1. Las solicitudes acompañadas de la documentación correspondiente se presentarán a través del formulario habilitado en la página web.
  2. Las solicitudes podrán ser presentadas cualquier día entre el 25 de enero y el 28 de febrero de 2022.
  3. Las ayudas concedidas serán ingresadas en la cuenta corriente donde esté domiciliada la cuota colegial del solicitante.

Artículo VII. Documentación a presentar. 

  1. Solicitud firmada por el/la colegiado/a a cuyo cargo está el menor para el que se solicita ayuda, en el modelo normalizado que deberá descargarse desde la web.
  2. Fotocopia del DNI.
  3. Fotocopia del libro de familia, DNI del menor o certificado de nacimiento.
  4. Facturas originales (una factura original debe incluir el nombre de la guardería, el CIF de la misma, el nombre del colegiado, su DNI, el número de factura, el importe abonado y el nombre competo del menor), especificando en la/las mismas el importe mes a mes del coste de la guardería para el periodo por el que se solicita la ayuda (todo el ejercicio 2021). No son válidos los recibos, salvo en el caso de Guarderías Municipales.

Artículo VIII: Instrucción y resolución del expediente

Para la baremación de las solicitudes se creará una Comisión al efecto, compuesta por tres miembros, enfermeros colegiados todos ellos.

El fallo definitivo de la Comisión es irrevocable, no siendo en consecuencia dicha resolución recurrible.

Aquellas solicitudes que no se ajusten a las presentes bases no serán tenidas en consideración.

El hecho de solicitar una ayuda implica la aceptación de las presentes bases.

El fallo definitivo de cada solicitud será comunicado por correo electrónico a todos los solicitantes de forma individual, tanto si la ayuda le ha sido concedida como denegada.

Artículo IX: Periodo de concesión de la ayuda. 

El periodo a subvencionar será todo el año 2021. En caso de resolución positiva, los Órganos de Gobierno del Colegio, establecerán el importe por el que se concede la ayuda.

    1. Solicitud

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